Pronunciamiento de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales sobre el derecho constitucional a la nacionalidad de los ciudadanos venezolanos por nacimiento

Publicado en noviembre 11, 2025
 
Pronunciamiento sobre el derecho constitucional a la nacionalidad de los ciudadanos venezolanos por nacimiento

El artículo 35 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece que: “[l]os venezolanos y venezolanas por nacimiento no podrán ser privados o privadas de su nacionalidad. La nacionalidad venezolana por naturalización sólo podrá ser revocada mediante sentencia judicial, de acuerdo con la ley.” (Resaltado añadido).

 
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